Dos territorios fiscales distintos
Canarias queda fuera del territorio de aplicación del IVA español, que comprende Península y Baleares. En Canarias se aplica el IGIC. La AEAT explica el ámbito territorial del IVA, y la Agencia Tributaria Canaria describe el IGIC y sus trámites.
Esto no significa que toda factura que cruza entre Canarias y Península se emita simplemente “sin impuesto”. La localización jurídica de la operación decide si está sujeta a IGIC, IVA o a un mecanismo de importación.
Si vendes bienes
En mercancías importan el lugar desde el que salen, dónde se ponen a disposición, el transporte y las condiciones de entrega.
De Península a Canarias
Con carácter general, la salida puede tratarse como exportación a efectos del IVA si se cumplen y acreditan sus requisitos. La entrada en Canarias constituye una importación que puede devengar IGIC y, según el producto, otros conceptos. El proveedor y el cliente deben acordar quién asume despacho, tributos y transporte.
De Canarias a Península
La salida debe documentarse conforme al IGIC y la entrada en el territorio del IVA puede constituir una importación. No conviene confundir la ausencia de impuesto repercutido por el vendedor con una operación sin coste fiscal para el destinatario.
Si prestas servicios
En servicios, el transporte físico deja de ser la referencia principal. En operaciones entre empresarios, la regla general suele atender al lugar donde está establecido el destinatario que recibe el servicio. En operaciones a consumidores, la regla general suele mirar al prestador. Sin embargo, hay excepciones relevantes.
Servicios inmobiliarios, eventos, restauración, transporte, telecomunicaciones, servicios electrónicos y otros supuestos tienen reglas especiales. También debe comprobarse qué establecimiento permanente interviene y si procede inversión del sujeto pasivo.
Qué documentar en la factura y el expediente
- Identificación completa de proveedor y cliente y, cuando sea relevante, su condición empresarial.
- Descripción suficiente del bien o servicio y fecha de realización.
- Territorio de origen, destino y establecimiento que interviene.
- Mención legal que justifica no repercutir IVA o IGIC, cuando proceda.
- Pruebas de transporte, salida, importación o localización conservadas junto a la factura.
Un método práctico para evitar errores
- Clasifica la operación como bien o servicio.
- Identifica a las partes y el establecimiento que interviene.
- Aplica la regla general de localización.
- Busca una regla especial, exención o inversión del sujeto pasivo.
- Comprueba aduanas y prueba documental antes de emitir.
Si facturas de forma recurrente entre territorios, nuestra asesoría fiscal en Canarias puede documentar el criterio y trasladarlo a tu circuito de facturación.
Define el criterio antes de emitir
Revisamos la operación, la localización y las menciones necesarias para que tu factura sea coherente con la documentación.
Solicitar consultaPreguntas frecuentes
Contenido informativo y no individualizado. Las reglas de localización contienen excepciones y la documentación puede cambiar el tratamiento; revisa cada operación concreta.