Plazos vigentes

1 de enero de 2027Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en el reglamento.
1 de julio de 2027Resto de obligados tributarios incluidos en el artículo 3.1 del RRSIF.

La AEAT confirmó la ampliación en su nota informativa oficial sobre los plazos de adaptación. El texto habla de tener los sistemas adaptados antes de cada fecha; conviene planificar pruebas y migración con margen.

Qué regula realmente

El Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación busca que los registros sean íntegros, conservables, accesibles, legibles, trazables e inalterables. Afecta al software utilizado para expedir facturas cuando el empresario o profesional está dentro de su ámbito.

El marco parte del Real Decreto 1007/2023 publicado en el BOE y de su desarrollo técnico. El ámbito contiene exclusiones y relaciones con otros sistemas, como el SII, que deben comprobarse antes de concluir que una empresa está obligada.

VERI*FACTU y sistemas no verificables

VERI*FACTU es la modalidad que remite los registros de facturación a la AEAT. El reglamento también contempla sistemas que no realizan esa remisión, pero que deben cumplir controles adicionales. La elección operativa debe revisarse con el proveedor del programa y atendiendo al ámbito real de la empresa.

No es lo mismo que la factura electrónica B2B. El RRSIF regula cómo funciona el sistema que genera registros de facturación. La futura obligación de intercambiar factura electrónica entre empresas responde a otro marco, aunque ambos proyectos afecten al mismo circuito.

Qué cambia —y qué no— en Canarias

Plan mínimo de preparación

  1. Inventaria todos los programas, hojas o integraciones que crean facturas.
  2. Confirma con el proveedor versión, modalidad, fecha de entrega y declaración responsable.
  3. Revisa series, rectificativas, tickets, anticipos, abonos y casos de IGIC.
  4. Prueba exportación, copias, usuarios, QR y continuidad operativa.
  5. Forma al equipo y fija una fecha interna anterior al plazo legal.

Nuestra asesoría fiscal en Canarias puede revisar el encaje tributario mientras tu proveedor confirma la parte técnica.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo deben adaptarse las sociedades?
Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en el ámbito del reglamento deben tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027.
¿Cuál es el plazo para el resto de obligados?
El resto de obligados tributarios incluidos en el artículo 3.1 del reglamento debe tener sus sistemas adaptados antes del 1 de julio de 2027.
¿VERI*FACTU obliga siempre a enviar registros a la AEAT?
El reglamento contempla sistemas VERI*FACTU, con remisión de registros, y sistemas no verificables que cumplen requisitos adicionales. La modalidad y el ámbito aplicable deben confirmarse con el proveedor y el asesor.
¿VeriFactu sustituye al IGIC?
No. Regula características de los sistemas informáticos de facturación. La determinación, declaración y pago del IGIC siguen sus propias normas.

Contenido informativo y no individualizado, actualizado el 8 de septiembre de 2026. Confirma el ámbito y la normativa vigente antes de tomar decisiones técnicas o fiscales.